Sutracción de recién nacidos – TicoVisión
Escrito en 21/01/13 a 07:11:37 GMT-06:00 Por Administrador
Opinión-Análisis
En cuanto a la investigación en sí, no cabe duda que se trata de unos casos extremadamente complejos, donde el tiempo transcurrido juega un papel importante tanto para averiguar lo que pasó como para la prescripción de los delitos.

Sutracción de recién nacidos - TicoVisión


21 de enero de 2013 | TicoVisión | Redacción - | Opinión | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



Sutracción de recién nacidos



Por Sergio García de la Cruz

21 de enero de 2013.-   Ya es conocido por todos el escándalo que saltó a través de los medios de comunicación sobre la sustracción de bebes a sus padres biológicos. A éstos se les notificaba, en el hospital que su hijo había fallecido y, posteriormente, el pequeño era vendido a otras personas. Muchos años después han empezado a salir casos que han provocado que otras personas sospechen sobre sus vínculos familiares, que han desembocado en nuevos casos que, al ser investigados han arrojado a la luz múltiples irregularidades extrañas. Los hechos se produjeron entre los años 1940 y 1990 en diversos centros repartidos por toda la geografía española.
Aquellos bebés que fueron privados de su medio familiar hoy son titulares de un derecho indiscutible a conocer sus orígenes biológicos, conforme a lo previsto en el art. 180.5 del Código Civil (CC). Además, tanto estas personas como sus familiares directos también son acreedoras de protección como titulares del derecho a la vida familiar reconocido en el art. 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

En cuanto a la investigación en sí, no cabe duda que se trata de unos casos extremadamente complejos, donde el tiempo transcurrido juega un papel importante tanto para averiguar lo que pasó como para la prescripción de los delitos. En los casos mencionados nos encontramos con que se han cometidos varios delitos: detención ilegal, falsedad de documento, etc. El Código Penal actual nos indica que “en los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave”, aunque no debemos olvidar que algunos son delitos que se cometieron muchos años atrás, bajo la vigencia de otros códigos. También es cierto, sin embargo, que en relación a la detención ilegal tenemos sentencias que nos indican que el plazo de prescripción comienza a correr desde el momento en la victima alcanza la mayoría de edad.

Nuestro mejor aliado en esta investigación no cabe duda que es el ADN. La policía cuenta con una base de datos con dos ficheros que contienen los datos identificativos obtenidos a partir de los análisis de ADN, tanto en el marco de investigaciones criminales como en los procesos de identificación de cadáveres o de personas desaparecidas, siendo el órgano administrativo responsable de los citados ficheros y de su gestión el Ministerio del Interior. Estos ficheros también están habilitados para la toma de muestras y fluidos que sirven para la investigación de delitos, manteniendo siempre la necesaria cadena de custodia, ya que de no respetarse ésta, nos podría llevar a una nulidad.

El principal contratiempo que nos podemos encontrar para investigar los casos de los bebés robados es el de la exhumación, problema que quedaría solventado con el consentimiento del interesado denunciante y de los familiares directos del fallecido. Es necesario que un médico forense asista a dicha exhumación y participe tomando las muestras necesarias para su posterior remisión al Instituto Nacional de Toxicología conforme al Protocolo de Actuación para la Identificación Genética en los Casos de Adopciones Irregulares y Sustracción de Recién Nacidos, aprobado por el Ministerio de Justicia. También tendrá que tomar muestras de los supuestos progenitores para su comparación. La policía también hará lo propio, acompañado de un reportaje videográfico de los hechos.



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