Corte Internacional de Justicia llama la atención sobre violaciones de Nicaragua - TicoVisión
Escrito en 25/07/13 a 19:40:05 GMT-06:00 Por Administrador
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El Ministro Castillo manifestó que Costa Rica se mantendrá vigilante del fiel cumplimiento de las medidas por parte de Nicaragua, y que comunicará a la Corte cualquier violación a éstas.

Corte Internacional de Justicia llama la atención sobre violaciones de Nicaragua - TicoVisión


25 de julio de 2013 | TicoVisión | Redacción - | Internacional | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento




Corte Internacional de Justicia llama la
atención
sobre violaciones de Nicaragua



25 de julio de 2013.-  La Corte Internacional de Justicia (CIJ) hizo público hoy  un comunicado de prensa donde se explica la decisión tomada el pasado 16 de julio, en relación con la acusación hecha por Costa Rica de que Nicaragua ha venido violando sistemáticamente las medidas provisionales ordenadas por esa Corte el 8 de marzo de 2011, y la solicitud de que éstas fueran modificadas para evitar que las violaciones continúen.

Aunque la Corte no acogió solicitudes de Nicaragua y Costa Rica sobre nuevas medidas provisionales, en su resolución establece que “la presencia de grupos organizados de ciudadanos nicaragüenses en la zona en litigio conlleva el riesgo de incidentes que pueden agravar” la disputa. A la vez, recuerda que las partes “deberán abstenerse de toda acción que pueda agravar o prolongar la controversia”. De este modo, la resolución llama la atención sobre las violaciones de Nicaragua y, a la vez, implica un reconocimiento de las reiteradas denuncias presentadas por Costa Rica sobre la presencia de grupos de activistas sandinistas en la zona.

En su comunicado de prensa, la CIJ explica las conclusiones a las que llega luego de escuchar los alegatos de Costa Rica y Nicaragua. El comunicado dice textualmente:

“Después de examinar las peticiones de las partes y concluir que no puede acceder a ellas, la Corte observa sin embargo que ‘la presencia de grupos organizados de ciudadanos nicaragüenses en la zona en litigio conlleva el riesgo de incidentes que pueden agravar la presente disputa’. Añade que esa situación ‘es exacerbada por el limitado tamaño de la zona y el número de nicaragüenses que tiene presencia regular allí’, y expresa ‘su preocupación a este respecto’ (párr. 37).

Así, el Tribunal considera necesario reiterar las medidas que se indican en la Providencia de 8 de marzo de 2011, en particular, el requerimiento de que las Partes ‘deberán abstenerse de toda acción que pueda agravar o prolongar la controversia ante la Corte o hacerla más difícil de resolver’. Señala que ‘las acciones a las que se refiere pueden consistir tanto en actos como en omisiones’.  Recuerda a las Partes una vez más que ‘estas medidas tienen carácter vinculante. . . y por lo tanto crean obligaciones jurídicas internacionales que cada una de ellas debe cumplir’ (párr. 38).”

Para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, que  en noviembre de 2010 había denunciado a Nicaragua ante la Corte por la invasión a territorio costarricense, la decisión del Alto Tribunal reafirma la validez de la acusación hecha por Costa Rica de que Nicaragua ha venido violando sistemáticamente las medidas provisionales ordenadas por esa Corte el 8 de marzo de 2011.

El 23 de mayo pasado Costa Rica había presentado una solicitud a la CIJ para que se considerara que la presencia de ciudadanos nicaragüenses en la zona en litigio, así como las actividades que ahí realizan, constituía un cambio en las circunstancias sobre las cuales se habían emitido las medidas provisionales ordenadas en 2011, tal como lo establece el artículo 76 del Reglamento de la Corte. Con base en ese hecho, Costa Rica solicitó que las medidas se modificaran para evitar dicha presencia y actividades.  

Nicaragua, por su lado, se opuso a la solicitud de Costa Rica, y más bien solicitó a la Corte que las medidas provisionales se modificaran “para permitir que ambas partes (y no sólo Costa Rica) pudieran despachar personal civil encargado de la protección del medio ambiente al territorio en disputa” (párr. 21). Nicaragua también solicitó que se aplicaran medidas cautelares a Costa Rica por la construcción de la Ruta 1856. La Corte denegó estas peticiones nicaragüenses. En el caso de la Ruta 1856, se trata de la segunda vez que la Corte rechaza una solicitud de medidas provisionales solicitadas por ese país.

En su comunicado, la Corte explica que tuvo por demostrado el cambio en las circunstancias debido a la presencia de ciudadanos nicaragüenses, pero consideró que no comporta riesgo de daños irreparables al “derecho a la soberanía, la integridad territorial y la no injerencia en su territorio” de Costa Rica o su medio ambiente. Los jueces Antonio Cançado Trindade y John Dugard emitieron votos disidentes, considerando que a la luz del cambio demostrado por Costa Rica en las circunstancias la Corte debió haber emitido nuevas medidas provisionales.

El Ministro de Relaciones Exteriores, Enrique Castillo, quien esta semana denunció la política expansionista y la hostilidad de Nicaragua hacia nuestro país, consideró que la decisión de la Corte Internacional de Justicia es un nuevo llamamiento a Nicaragua para que cese su agresión a un país pacífico y desarmado.

El Ministro Castillo reiteró que Costa Rica mantendrá su política de fiel cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas por la Corte Internacional de Justicia, a la vez que hace un llamado a Nicaragua para que cese su política de incumplimiento. Finalmente, el Ministro Castillo manifestó que Costa Rica se mantendrá vigilante del fiel cumplimiento de las medidas por parte de Nicaragua, y que comunicará a la Corte cualquier violación a éstas.

Comentarios de este artículo:
 
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Escrito en 26/08/21 a 10:25:18 GMT-06:00 Por Anonimo
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