Urge Ley que reglamente las investigaciones - TicoVisión
Escrito en 30/09/10 a 05:39:51 GMT-06:00 Por Administrador
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Urge Ley que reglamente las investigaciones - TicoVisión


30 de Septiembre de 2010
TicoVisión
Fuente: ALCR








San José.- El doctor Erick Fuchs Castillo, representante del Comité Ético Científico de la Universidad Iberoamericana (UNIBE), calificó como importante y vital que el país cuente a la mayor brevedad posible con una ley que reglamente la investigación luego de la resolución de la Sala Constitucional, que invalidó el decreto con que se estaba trabajando y paralizó dicha materia en el país.

Fuchs fue llamado a la Comisión Permanente de Asuntos Sociales, donde se da trámite a dos iniciativas sobre el mismo tema y al igual que varios de sus antecesores, hizo un balance entre las dos propuestas de ley.

Los dos expedientes en estudio son el 17693 Ley general de investigaciones en seres humanos y el 17777 Ley que regula la investigación en seres humanos y protege los derechos y dignidad de las personas que participan en investigaciones, respectivamente.

Al igual que lo han hecho varios de sus antecesores, el experto indicó que en términos de orden, cantidad de información, estructuración y el detalle en los lineamientos que contiene, el 17777 es el más completo de los dos y el que se debería tomar como base de trabajo.

Agregó que dicha propuesta tiene la ventaja de que se basa en el decreto que fue derogado por la Sala Constitucional, es más operativo pues no sólo delimita hasta dónde se puede llegar en el campo de la investigación, sino que también indica cómo es que se deben hacer las cosas.

“Esos lineamientos llevan a que sea no solo una ley sino también una guía de cómo desarrollar todo el proceso de investigación, qué es lo que haría el CONIS, qué le corresponde al patrocinador y elimina las áreas grises que se presentan en el otro (17693) expediente”, dijo Fuchs.

Entre los puntos que resaltó el experto con relación a la iniciativa 17777 es que elimina el silencio positivo, define claramente cuándo se requiere el consentimiento informado, garantiza el consejo genético, desarrolla toda el área de investigación genética, que en este momento se está gestando, pero deja campo para crecer en esa área y permite desarrollar investigación.

De igual manera resaltó algunas fortalezas del expediente 17 693 que no tiene el 17777 y que se pueden complementar como es la lista de definiciones que se debe incluir en una ley como son los términos y conceptos que se incluyen en una investigación; los diferentes tipos de riesgo que se pueden presentar; las penalizaciones son más fuertes; permite que la investigación se inicie sólo hasta que se tenga el aval del CONIS, entre otras.

El doctor Fuchs también detalló aquellas cosas que son débiles en las dos iniciativas y que se deben mejorar y mencionó como ejemplo las investigaciones que no son de tratamiento, como las que se relacionan con psicología.

“En el expediente se debe dejar absolutamente claro cuáles son las investigaciones que no requieren un Comité Ético Científico, CEC, cuáles requieren un “consentimiento informado”, si hay alguna responsabilidad de pago, los estudios genéticos, epidemiológicos, poblacionales y farmacogenéticos, entre otros que son mencionados en ambos expedientes pero no se definen”, concluyó.









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