Aprobado el proyecto de agujas - TicoVisión
Escrito en 22/10/10 a 08:49:08 GMT-06:00 Por Administrador
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Aprobado el proyecto de agujas - TicoVisión


"Este expediente se cumplirá con  la recomendación que diera al país la Comisión Interamericana de Derechos Humanos"

22 de Octubre de 2010
TicoVisión
Asamblea Legislativa
Costa Rica








San José.- Con el voto de 41 diputados se aprobó en segundo debate el expediente 17116 Ley de regulación de mecanismos de vigilancia del acceso a barrios residenciales con el fin de garantizar el derecho fundamental a la libertad de tránsito.

El proyecto tiene por objetivo regular la instalación de casetas de seguridad y mecanismos de vigilancia de acceso de vehículos en las entradas a barrios, caseríos o residenciales por caminos vecinales y locales.

La diputada de Acción Ciudadana Yolanda Acuña Castro señaló que esta iniciativa es importante para los ciudadanos, “pues mucha gente paga doble por la seguridad y se hace porque no nos queda otro camino que defender nuestras vidas, la de nuestros hijos y también defender nuestros bienes materiales”.

Lamentó tener que llegar a tomar medidas como las que  toman los ciudadanos y pagar seguridad privada para tener esa garantía dijo Acuña Castro.

Añadió que voto este proyecto porque los ciudadanos tienen derecho a resguardar su vida, pero es una responsabilidad del Estado, la seguridad es indelegable, como la salud y la educación.

El diputado del PAC Gustavo Arias Navarro señaló que con el proyecto de ley se propicia que los barrios trabajen en conjunto por la seguridad de sus lugares.

“El Poder Ejecutivo debe definir con urgencia las prioridades para una política de seguridad ciudadana que sea efectiva, clara y a largo plazo” dijo Arias Navarro.

Síntesis

Se faculta a las municipalidades para que autoricen la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia de acceso a barrios, caseríos y residenciales, siempre y cuando sean de circuito cerrado o con calles sin salida.

La solicitud al Concejo Municipal se hará a través de una asociación formal comunitaria, como las asociaciones de desarrollo comunal u otras entidades jurídicamente similares, o bien, por medio de una solicitud firmada al menos por el setenta por ciento (70%) de los vecinos mayores de edad de la comunidad en cuestión, quienes que constituirán un comité de vecinos que se acreditará ante la municipalidad respectiva, el cual designará al menos a dos representantes formales.  

Dichas casetas podrán ser instaladas como puestos de seguridad para vigilar el acceso de vehículos en las vías de ingreso a caseríos, barrios o residenciales, de conformidad con las condiciones establecidas en la presente Ley, y se respetará el derecho al libre tránsito en todo el territorio nacional.

La organización vecinal a la que se le autorice la instalación de casetas y mecanismos de vigilancia deberá garantizar que el personal de seguridad respete los siguientes lineamientos, para lo cual tendrán plena potestad para ello, independientemente del tipo de contrato de prestación del servicio de seguridad que se suscriba oportunamente con la empresa de servicios de seguridad privada respectiva:

No se podrá impedir, bajo ningún concepto, el libre tránsito vehicular o peatonal.

En caso de que se trate de un peatón, este podrá entrar o salir del barrio o residencial sin ningún tipo de restricción; ello sin demérito de la vigilancia normal de la que pueda ser objeto.

En caso de que se trate de un vehículo, el mecanismo de vigilancia solo podrá ser utilizado para que el agente de seguridad respectivo tome nota de la matrícula y la descripción del vehículo, así como de la cantidad de sus ocupantes y descripción general de ellos.  Una vez que el vehículo se detenga, el oficial encargado deberá levantar el indicado mecanismo de vigilancia.

Cuando sea pertinente, a criterio de la municipalidad en cuestión, a una distancia de 25 metros del indicado mecanismo se colocará un rótulo que indique la proximidad de este.  En cualquier caso, el mecanismo señalado deberá pintarse de tal manera que sea plenamente visible para los vehículos y las personas.  

Fecundación

El presidente de la Asamblea Legislativa Luis Gerardo Villanueva Monge señaló que el expediente 17900 Fecundación in Vitro y Transferencia Embrionaria que fue presentado por el Poder Ejecutivo, pasará para su estudio a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos.

Agregó que con este expediente se cumplirá con  la recomendación que diera al país la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.









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