Urgente: Salen a ''Luz Pública'' verdaderas intenciones de Ortega - TicoVisión
Escrito en 01/12/10 a 09:49:01 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias América Central
Salen a ''Luz Pública'' verdaderas intenciones de Ortega - TicoVisión



Reflexión de la Redacción de TicoVisión:

Costarricenses, creemos que llegó el momento de ver las cosas con más seriedad. “Somos un pueblo sin ejército, pero no un pueblo de pendejos”, así lo manifestó don Alberto Cañas y con muchísima razón.  No podemos esperar como niños en las enaguas de la madre a que nos vengan a ayudar, debemos ayudarnos a nosotros mismos primero, y luego invocar las fuerzas que sean necesarias.

Con los nuevos proyectos del señor Ortega (descritos en el artículo del Nuevo Diario que adjuntamos debajo), queda más que claro cuáles son sus verdaderas intenciones y quién es el que está pensando en expansionismos. Así mismo queda claro que sea cuales sean los logros diplomáticos por parte de Costa Rica, siempre serán desconocidos por el “dictador de turno de la hermana República de Nicaragua”.

Por lo anterior, debemos considerar seriamente en planes de invocación de fuerzas aliadas paralelamente a la gestión diplomática. No podemos darnos el lujo que mientras la diplomacia nos toma tiempo, el dictador se afianza cada vez más y como consecuencia cada vez será más difícil poder enfrentarlo.

No hemos pedido llegar a esta situación. No tenemos culpa alguna al respecto.
No tenemos un ejército, pero tenemos un ¡Pueblo! Dispuesto siempre a defender la Patria.



01 de Diciembre de 2010
TicoVisión
Fuente:
Costa Rica








Artículo:

  • Aparecen nuevas formas de reclutamiento prohibido por la Constitución: “La doctrina militar tiene como fundamento la participación de todos los ciudadanos en la defensa de la patria”

  • Al referirse a “Recursos estratégicos de la nación”, no deja lugar a interpretaciones: “son todos los recursos humanos y bienes materiales, tanto bélicos, como no bélicos”

  • Propuesta eleva a rango de “Secreto de Estado”, Plan de Defensa, y se establece facultad del Presidente para decretar el Estado de Emergencia y… civiles pasarían a ser militares


El Nuevo Diario

Por Ary Pantoja

El gobierno del presidente Daniel Ortega Saavedra se prepara a establecer, al parecer, nuevas formas de reclutamiento militar y una especie de Seguridad del Estado, y para ello propuso, de manera sigilosa y con trámite de urgencia, tres iniciativas de leyes que van en ese sentido.

La primera iniciativa se denomina “Ley de la Defensa Nacional de la República de Nicaragua”; la segunda, “Ley de la Seguridad Nacional de la República de Nicaragua”; y la tercera iniciativa se denomina “Ley de Régimen Jurídico de las Fronteras”.

Según el artículo 2, párrafo segundo, de la propuesta de Ley de la Defensa Nacional de la República, “la defensa nacional, en correspondencia con la doctrina militar de Nicaragua, se prepara y realiza bajo la conducción del Presidente de Nicaragua, quien es el Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Jefe Supremo del Ejército de Nicaragua. La doctrina militar de Nicaragua tiene como fundamento la participación de todos los ciudadanos en la defensa de la patria”.

La disposición no excluye a ningún ciudadano ni circunscribe la defensa militar única y exclusivamente a las Fuerzas Armadas legalmente establecidas. Cabe recordar que la Constitución Política de la República prohíbe el establecimiento del Servicio Militar.

“No habrá servicio militar obligatorio y se prohíbe toda forma de reclutamiento forzoso para integrar el Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional”, se lee en el primer párrafo del artículo 96 de la Constitución Política.

No obstante, el párrafo tres del artículo 2 de la iniciativa de ley propuesta por el Ejecutivo establece que “el Estado y la sociedad en su conjunto son responsables por el cumplimiento de las actividades que se realicen en el ámbito económico, militar, social, derechos humanos, cultural y ambiental para la consecución de los objetivos estratégicos nacionales expresados en el ordenamiento jurídico vigente, la presente ley y su reglamento”.

Seguridad nacional

Por otra parte, el artículo 3 de la iniciativa de ley señala que “se entenderá por seguridad nacional, las acciones permanentes destinadas de manera inmediata y directa a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado de Nicaragua, sus instituciones, el orden democrático, estado social de derecho, el bien común, protección de las personas y sus bienes frente a cualquier amenaza, riesgo o agresión…”.

Mientras tanto, la propuesta de ley eleva rango de “Secreto de Estado”, el Plan de Defensa Nacional que deberá elaborarse conforme con la ley.

“Plan de Defensa Nacional es el documento jurídico, directivo y ejecutivo, con carácter de Secreto de Estado, que establece el conjunto de tareas y actividades, cualquiera que sea su naturaleza, para satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional…”, se lee en el punto siete del artículo 3 de la propuesta de ley.

Los puntos 10 y 11 del artículo tres también se refieren a la posibilidad de reclutamiento militar contraviniendo el artículo 96 de la Constitución Política.

El punto 10 del artículo 3 de la iniciativa de ley se refiere a los “Recursos estratégicos de la nación”, y dice que “son todos los recursos humanos y bienes materiales, tanto bélicos, como no bélicos para satisfacer las necesidades de la defensa nacional en situaciones de conflictos y/o emergencias teniendo en cuenta que para su disponibilidad y utilización, se aplicarán mecanismos de cooperación y coordinación entre los Poderes del Estado, y entre éstos y los particulares”.

Además, el punto 11 ratifica la utilización de “recursos humanos”. La “movilización nacional es el conjunto de actividades y medidas que realizan las instituciones del Estado y del gobierno, públicas y privadas, destinadas a disponer en parte o su totalidad de los recursos humanos, técnicos y materiales de la nación en función del Plan de Defensa Nacional (que por cierto es Secreto de Estado), a ejecutarse con situaciones de conflicto y/o emergencias”, señala el punto 11 del artículo 3.

El artículo 21 ratifica el punto 11 del artículo 3, y señala que “la movilización nacional, así como la organización y funcionamiento de fuerzas de reserva constituidos por el personal militar en condición de retiro se normará bajo la modalidad que se establece en la Ley 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar y la Normativa Interna Militar de forma congruente con el contenido de la presente ley y su reglamento”.

Empleados públicos bajo reclutamiento

Por otra parte, la iniciativa prácticamente reforma la Ley de Emergencia que tiene rango constitucional y sólo puede ser modificada con el voto calificado favorable de 56 diputados. En el artículo 22 de la propuesta se establece la facultad del presidente para decretar el Estado de Emergencia, y establece que personas civiles pasarían a ser militares.

“Cuando el Presidente de la República y el Consejo de Ministros decrete el Estado de Emergencia Nacional por motivos de conflicto o calamidades públicas y ordene la movilización de las fuerzas, medios y bienes públicos, las instituciones, dependencias gubernamentales, municipales y regionales y sus funcionarios que sean de utilidad para la defensa de los intereses supremos y objetivos estratégicos nacionales, por delegación expresa del Presidente de la República quedarán bajo el control del Ejército de Nicaragua por el tiempo que dure la situación que originó el Estado de Emergencia, todo de conformidad con la presente ley y su reglamento”, se lee en el artículo 22 de la iniciativa.

De antemano, la iniciativa de ley, en su artículo 26 establece que todo lo que tenga que ver con la defensa nacional será “información reservada”, conforme con la Ley de Acceso a la Información Pública.

El artículo 27 señala que “la presente ley, por ser de interés supremo nacional, únicamente podrá ser reformada o derogada con el voto de la mayoría absoluta del total de los representantes de la Asamblea Nacional”. Cabe destacar que esta disposición se contrapone a la Constitución Política, la cual ya establece las formas de aprobación de las leyes por parte del Parlamento.

Ortega quiere más control sobre fuerzas armadas

La Prensa de Nicaragua

Por María José Uriarte

Con trámite de urgencia envió el presidente Daniel Ortega tres iniciativas de ley, relacionadas a temas de Defensa, Seguridad Nacional y Régimen Jurídico de Fronteras, las que a juicio del presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, José Pallais, deberían ser estudiadas de manera más minuciosa por lo delicado del tema.

En un análisis preliminar, el parlamentario señaló que en lo que se refiere a los temas de defensa y seguridad, se desprende que el presidente Ortega tiene una intención de fortalecer “el control” sobre los organismos de seguridad y la defensa nacional, que incluyen los órganos de inteligencia, tanto del Ejército como de la Policía Nacional.

Pallais recordó que Ortega es por ley el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Públicas del país, pero con las iniciativas trataría de centralizar aún más su autoridad sobre las mismas.

Las iniciativas se denominan Ley de la Defensa Nacional de la República de Nicaragua y Ley de Seguridad Nacional de la República de Nicaragua.

Sobre la primer iniciativa, uno de los argumentos es que se requiere “crear un marco jurídico que asegure los instrumentos fundamentales y las normas referentes a la Defensa Nacional, en apego a los principios, valores, derechos y garantías, consignados en la Constitución Política de la República de Nicaragua”.

Agrega que “siendo la defensa nacional un deber indeclinable del Estado, este último debe organizarse y dotar a la nación de un marco legal para satisfacer la seguridad nacional desde un punto de vista integral y dinámico”.

EXCLUYE CONCEPTOS

Sin embargo, para el diputado Pallais se deben hacer algunos ajustes a las iniciativas para fortalecer “el concepto de la seguridad integral”, que los proyectos de ley no reconocen. Pallais explicó que “la seguridad debe estar basada en la gobernabilidad, la democracia, los derechos humanos, y el desarrollo de los ciudadanos”.

Pallais manifestó que también las iniciativas le dan la posibilidad al mandatario nicaragüense de ampliar los organismos de seguridad.

“Lo cual es totalmente contraproducente, ya que los organismos de seguridad por ser un tema nacional y tan delicado, deben de ser ampliados o creados los nuevos organismos, en esta materia por la Asamblea Nacional, es decir, debe haber una reserva de ley porque no se le puede dejar una autorización genérica para crear más o adicionar organismos de seguridad”, observó Pallais.

Otros problemas destacados por el parlamentario liberal es que permiten que sea sólo el Presidente de la República quien defina la estrategia de defensa, lo que a juicio de Pallais debe ser una tarea de todos los sectores, creándose por consenso una política nacional de defensa, la que cuente con órganos de consulta.

¿PROTECCIÓN O EXPROPIACIÓN?

En lo que respecta a la Ley de Régimen Jurídico de las Fronteras”, el diputado Pallais estimó que es la iniciativa más controversial y cuestionable, porque contempla afectaciones serias al derecho de la propiedad.

Menciona como zona de desarrollo e integración fronteriza “al área del territorio nacional, comprendida desde el límite fronterizo convencional y los quince kilómetros hacia el interior del territorio nacional, que por su ubicación geográfica o por su cercanía con un Estado vecino requiere un tratamiento especial para protección del medio ambiente, la cultura y el desarrollo socioeconómico. Se incluyen las zonas de desarrollo de interés turístico que le corresponde crear al Instituto Nicaragüense de Turismo, las que deben ser aprobadas por el Presidente de la República”.

Pallais recordó que en algunas legislaciones el área del territorio nacional que ahora se define en 15 kilómetros ha sido establecida en cinco, donde se restringe la venta a extranjeros.

“Pero aquí hay todo un andamiaje y una visión estatizante de áreas muy extensas, demasiado extensas que no se corresponde con el objetivo de la ley, entonces yo veo ahí limitaciones serias, afectaciones serias al derecho de propiedad de los nicaragüenses”, precisó Pallais, por lo que considera que esa iniciativa debería ser analizada con mayor profundidad.

El presidente de la Comisión de Justicia incluso señaló que con esa distancia en el caso de la frontera sur podría llegar hasta San Juan del Sur, por lo que le ve sentido al espíritu de esa iniciativa.

Añadió que “pareciera más bien una ley para que un sector económico se apodere de áreas importantísimas del país”.

Al definir la demarcación fronteriza se establece que “consiste en trasladar sobre el terreno los términos de una delimitación previamente acordada, construir la frontera en el terreno. Los métodos a través de los cuales se efectúa la demarcación, es decir, las marcas visibles de una frontera, varían en relación al carácter del terreno, pudiendo consistir en hitos, mojones o cualquier tipo de construcciones”.

¿CUÁL ES LA URGENCIA?

Para Pallais es sospechoso que el presidente Ortega haya enviado las tres iniciativas con carácter de urgencia, lo que significa que no serían remitidas a la comisión, que en un trámite normal debería de analizarlas y someterla a consulta con las instancias pertinentes.

“Pareciera que se quiere aprovechar todo el contexto del conflicto con Costa Rica y la sensibilización nacional de la defensa y la seguridad para hacer un avance en la centralización del poder al Presidente y en perder los controles democráticos y el balance que debe haber en estos asuntos tan delicados”, indicó Pallais.

El diputado dijo que no conoce si las iniciativas serán sometidas en las sesiones programadas para hoy o mañana, y que su bancada aún no tomaba una decisión sobre si permitir que sean aprobadas tal a como las envió el Ejecutivo, pero que en su caso solicitaría que, al menos, la que se refiere a la de Régimen Jurídico, sea remitida a la Comisión de Justicia, y en lo que respecta a las otras dos se preparen mociones que mejoren las iniciativas.

Informaciones de El Nuevo Diario y La Prensa de Nicaragua







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