Micro y pequeñas empresas estarán exentas de impuesto a SA - TicoVisión
Escrito en 08/12/10 a 17:18:28 GMT-06:00 Por Administrador
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Micro y pequeñas empresas estarán exentas de impuesto a SA - TicoVisión


Micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC estarán exentas de impuesto a sociedades anónimas


08 de Diciembre de 2010
TicoVisión
Costa Rica








San José.- El día de ayer, la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, dictaminó de manera unánime el Expediente 16.306 denominado “Impuesto a las Personas Jurídicas”, en el cual se establece un impuesto anual de $200 (¢101.000 aproximadamente), a las sociedades mercantiles, mediante este gravamen se busca invertir lo recaudado en atender y cubrir las necesidades que se tienen en materia de seguridad ciudadana.

El MEIC luego de analizar el impacto que tendría este impuesto en las pequeñas y medianas empresas, y verificando que una exoneración del mismo no afectaba de manera importante el propósito para el cual el proyecto fue presentado, promovió una moción para adicionar un nuevo artículo que estableciera la exoneración del pago de este impuesto a estas unidades productivas.

“Conocemos los alcances que este proyecto tiene en materia de seguridad y analizando que la exoneración a las micro y pequeñas empresas no constituye un gran impacto en la recaudación deseada, vimos como oportunidad promover esta moción que permite crear un incentivo fiscal para que cada vez más las micro y pequeñas empresas pasen a la formalidad, por eso nos sentimos muy contentos que el planteamiento realizado por el MEIC fuera aceptado en el Ministerio de Hacienda y valorado positivamente por los señores y señoras diputadas”, manifestó Mayi Antillón, Ministra de Economía.

Se estima que con este incentivo fiscal, cerca de 31.000 pequeñas y medianas empresas que estén debidamente registradas en el MEIC, podrían optar por el beneficio de la exoneración de este impuesto.

Actualmente, en el registro PYME se tienen solamente cerca de 2500 empresas inscritas. De esta manera, se busca establecer mecanismos que incentiven cada vez más a las mipymes a formalizar sus actividades mediante el registro empresarial.

De acuerdo con la Ley 8262 se consideran pymes, todas aquellas empresas del sector  industria, comercio, servicios, que dispongan, manejen y operen con recursos humanos y físicos bajo la figura de persona física o jurídica.

Para registrarse en el MEIC, las pymes deben cumplir con lo estipulado en el artículo 3 de la Ley 8262 y su reglamento, demostrando particularmente dos de tres condiciones: el pago de cargas sociales, el cumplimiento de obligaciones tributarias, y /o el cumplimiento de obligaciones laborales.

Para inscribir una pyme, los interesados deben acudir a la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa, (DIGEPYME) del MEIC, a las oficinas regionales CREAPYMES, o bien ingresar al Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC-PYME), a través del sitio Web  www.meic.go.cr , desde donde se podrá acceder el formulario correspondiente.

Para mayor información, los interesados podrán llamar a la DIGEPYME, al teléfono 2236 26 60, 2235 27 0, o escribir al correo información@meic.go.cr









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