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Escrito en 03/03/11 a 08:12:25 GMT-06:00 Por Administrador
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Defensoría critica excesiva dilación en obtener pensiones
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*Habitantes han tardado hasta cuatro años para conocer una respuesta definitiva a su solicitud, situación que coloca al habitante en desprotección ante su necesidad de amparo económico que amenaza su calidad de vida.


03 de Marzo de 2011
TicoVisión
Redacción/Defensoría
Costa Rica



Defensoría critica excesiva dilación en resoluciones para obtener pensión del régimen no contributivo de la CCSS


La Defensoría de los Habitantes criticó la excesiva dilación existente en la resolución de solicitudes para obtener una pensión por el Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense del Seguro Social, al punto que habitantes han tenido que esperar hasta cuatro años para conocer una respuesta definitiva de las apelaciones a la peticiones rechazadas, situación que coloca al habitante en condición de desamparo económico que amenaza su calidad de vida.

La Defensoría ha venido efectuando llamados constantes a la Caja que pone en evidencia esta delicada situación de atrasos en el estudio de apelaciones, cuyo tiempo de resolución atenta contra los derechos de esta población. Incluso se advierte que han muerto personas sin conocer el resultado de su gestión.

Según datos brindados a la Defensoría en el mes de febrero por la Gerencia de Pensiones de la CCSS, actualmente existe un pendiente de resolución en el R.N.C. de 6.902 casos desglosados de la siguiente forma:



Dado que la situación no es reciente, oportunamente se le formuló a la Caja varias recomendaciones tendientes a introducir cambios estructurales y prestacionales que garanticen el acceso y permanencia de las y los habitantes en condición de desamparo económico en el Programa del Régimen No Contributivo.

Específicamente en la Defensoría, a la fecha, se registran 245 quejas, de las cuales 101 responden a retrasos en el trámite de las solicitudes pensión en diversas sucursales del país y 144 por dilación de la Comisión Nacional de Apelaciones.

Cabe agregar, que las apelaciones en espera del estudio datan de varios años atrás, cuando los y las interesadas solicitaron el beneficio conforme con su estado de necesidad económica, el cual ha variado en el transcurso de esos años en detrimento de su calidad de vida.

El 24 de agosto de 2010, la Defensoría celebró una reunión con representantes de la Asesoría de la Gerencia, el Programa del RNC y la Coordinadora de la Comisión Nacional de Apelaciones, quienes expusieron las dificultades para responder a la demanda ante la falta de recursos técnicos y de personal, así como los procedimientos administrativos requeridos para su contratación.

En vista de la persistencia de la situación, con fecha 13 de octubre de 2010, se solicitó la interposición de oficios de la Gerencia Financiera de esa entidad. Ante los requerimientos de la Defensoría se recibió copia de los oficios de la Gerencia de Pensiones y de ésta a la Coordinación de la Comisión Nacional de Apelaciones.

Dicha Comisión reiteró lo expuesto en el mes de agosto del año 2010, agregando que por acuerdo de Junta Directiva de la CCSS del 22 de setiembre de ese mismo año, se suspendió la utilización de plazas creadas para la ejecución del plan de mejora planteado. A la vez, remitió un informe cuantitativo de los recursos en trámite de estudio y resolución, en el cual se destacan cifras tan alarmantes de acumulado de ingreso del presente año de 2062 recursos, para un promedio de ingreso mensual de 247.

De lo anterior, fácilmente se colige la preocupación de la Defensoría ante el estado de indefensión de las personas que solicitan el beneficio ante la urgente respuesta a su estado de necesidad de amparo económico, así como por la desidia administrativa manifiesta por las autoridades competentes para la búsqueda de una alternativa de atención más eficiente y efectiva de cara a la situación expuesta, señaló la Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum, en una carta entregada a la Presidenta Ejecutiva de la CCSS, Ileanna Balmaceda el 09 de diciembre anterior.

En esa carta se le manifestó que conocedora de la situación actual que atraviesa la Gerencia de Pensiones, se le solicitó adoptar las medidas pertinentes a efecto de considerar el déficit resolutivo de la Comisión de Apelaciones del RNC-IVM, como un elemento a tomar en cuenta dentro de la decisión integral que demanda el futuro de la Gerencia de Pensiones, sin perjuicio de las eventuales acciones jurisdiccionales que adopte este Despacho de estimarlo pertinente.

La Directora de Despacho de la CCSS el 10 de diciembre le traslada el oficio a la Gerente de Pensiones a.i de la institución para que responda a la gestión de la Defensoría. El 20 de diciembre se recibe oficio donde se explica sobre el “proceso de intervención” por el que transita esa Gerencia desde el pasado 10 de diciembre y que tiene como objetivo principal la investigación de las acciones administrativas y resultados obtenidos dentro de un plazo determinado y así contar con un diagnóstico de la situación y presentar a las autoridades superiores las propuestas que se consideren oportunas.

En ese oficio se informa a la Defensoría que el plazo que esperan contar con una propuesta en un plazo no mayor a dos meses, información que se hará del conocimiento de la Defensoría para lo que corresponda. Dicho escenario se mantiene hasta conocer la elaboración de la propuesta final ofrecida por la C.C.S.S.

Por lo anterior y en razón de las múltiples quejas recibidas a la fecha y que  aún se encuentran en trámite en la institución en torno a la situación que nos ocupa,  como acción institucional la Defensoría de los Habitantes determinó adicionalmente la realización de un estudio integral del Régimen No Contributivo de Pensiones de la CCSS. Ello, con el fin de determinar las causas que inciden negativamente en la gestión administrativa de programa con miras a sustentar futuras recomendaciones de esta Defensoría en aras de resguardar la vigencia de los principios de eficiencia, continuidad, regularidad y eficacia de la gestión pública, al igual que los derechos fundamentales de las personas solicitantes del beneficio y en necesidad de amparo económico por parte de Estado.

Algunos casos que ocupan a la Defensoría (Se resguarda la identidad de la persona).

1. Sra. -------, en representación de su hermana la Sra. --------, cédula-----, presentó una denuncia ante la Oficina de la Mujer de San Isidro de Heredia, en razón del trámite de solicitud de pensión realizado a favor de su hermana, quien presenta discapacidad mental. Dicha denuncia fue referida a esta institución, dado  que la petición del beneficio le fue denegado y el respectivo recurso de apelación en contra la resolución -------- fue presentado desde el 02 de setiembre de 2008. Mediante la  Resolución Nº ------ del 22 de diciembre de 2010 finalmente le fue concedida la pensión y devuelto el expediente a la Sucursal de Desamparados para el trámite respectivo, luego de un proceso de apelación de más de dos años de tardanza.

2. Doña ----- la Beneficiaria padece de trastorno mental y del comportamiento secundario a lesión y/o disfunción cerebral y epilepsia gran mal por lo que nunca ha podido trabajar, Su hermana es quien asumido los costo de atención dado que ya no podía atenderla la internó en un hogar de Ancianos que atiende personas con este tipo de trastornos; sin embargo, paga la tarifa del hogar a miles costos y por eso desde noviembre de 2007 solicitó la pensión en la Sucursal de Desamparados.  Sumado el tiempo entre la presentación de la solicitud y lo que tardó en resolverse la apelación suman casi tres años.

3. Sr. -------, con cédula ------, indicó que el 17 de febrero de 2007, presentó la solicitud de pensión del RNC, en la Sucursal de Alajuela, la cual le fue rechazada mediante la Resolución Nº ------ del 24 de febrero  de 2009, por lo que presentó el recurso de apelación correspondiente y no había obtenido respuesta alguna.  Tal recurso, fue resuelto el 1º de diciembre de 2010 mediante la Resolución Nº ------- y remitido a la respectiva Sucursal para notificación y trámite de pago, el cual se hizo afectivo a partir de febrero de 2011. En el presente caso se verifica que el trámite completo de la solicitud de pensión del interesado tardó cuatro años hasta hacerse efectivo.

4. Sra---------, vecina de La Legua de Aserrí de San José, que desde el octubre del 2008 solicitó trámite de una pensión del Régimen No Contributivo.  Mediante el oficio número ------------ de fecha 2 de diciembre de 2008 la solicitud de pensión fue trasladada a la Caja Costarricense de Seguro Social. Se le indicó que posteriormente le estarían comunicado el trámite de su petición; sin embargo, a la fecha la Comisión informó que la apelación se encuentra en proceso de firma en la Gerencia de Pensiones, sin que se haga mención del fallecimiento de la adulta mayor, el cual fue oportunamente reportado por un familiar a esta institución.




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