SUTEL aprobó flexibilización de banda horaria - TicoVisión
Escrito en 05/04/11 a 17:49:02 GMT-06:00 Por Administrador
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SUTEL aprobó flexibilización de banda horaria

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Se aplicará en etapas graduales por trimestres


05 de Abril de 2011 | TicoVisión | Redacción- | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) aprobó la flexibilización de la banda horaria, cuya aplicación se hará progresivamente en cuatro etapas.

La decisión de flexibilizar es permitir que las empresas elijan, con criterios de conveniencia comercial y tomando como parámetro el uso eficiente de la infraestructura desarrollada, el empaquetamiento de precios y servicios a ofrecer en el mercado de telecomunicaciones.  Esto a su vez generará mayores opciones a los usuarios, pues es de esperar que las empresas ofrezcan alternativas horarias que les resulten de interés, pues la realidad horaria ha cambiado radicalmente en los últimos años (principalmente por cambios en la jornada laboral).

La SUTEL justificó su decisión en vista de que “el mercado actual de las telecomunicaciones en Costa Rica obliga al operador incumbente a comportarse como si se encontrara operando en un entorno de competencia, dado el ingreso real y evidente de nuevos participantes, por lo que la propuesta de flexibilización gradual de la banda horaria no solo resulta apropiada sino que es necesaria como instrumento de gestión comercial” (RCS 061-2011).

La SUTEL aprobó la flexibilización horaria en cuatro etapas. Dentro de cada etapa las horas de tarifas plenas y reducidas podrán ser distribuidas a criterio y conveniencia de los operadores durante los siete días de la semana, incluyendo días feriados, tomando como parámetro el uso eficiente de su infraestructura de red.

Además, la SUTEL efectuará revisiones de los resultados de este proceso de flexibilización gradual de la banda horaria con el fin de aplicar los ajustes y medidas necesarias.

Las etapas son las siguientes:

  1. Primera etapa: entre 1 de abril del 2011 al 30 de junio del 2011. Durante esta etapa los operadores deberán mantener un máximo de ochenta y seis (86) horas de tarifa plena por semana y un mínimo de ochenta y dos (82) horas de tarifa reducida por semana.

  2. Segunda etapa: : comprende del 1 de julio del 2011 al 30 de setiembre del 2011. Durante esta etapa los operadores deberán mantener un máximo de ciento trece (113) horas de tarifa plena por semana y un mínimo de cincuenta y cinco (55) horas de tarifa reducida por semana.

  3. Tercera etapa: comprender del 1 de octubre del 2011 al 31 de diciembre del 2011. Durante esta etapa los operadores deberán mantener un máximo de ciento cuarenta y uno (141) horas de tarifa plena por semana y un mínimo de veintisiete (27) horas de tarifa reducida por semana.

  4. Cuarta etapa: a partir del primero de enero del 2012 se flexibiliza por completo la hora de tarifa reducida de la banda horaria, dejando a discreción de los operadores la aplicación de tarifas menores en ciertos periodos, acordes al desempeño del mercado de telecomunicaciones y al comportamiento de la cartera de usuarios finales de cada operador.

Cuadro resumen:






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