MEIC traslada caso de Cuadrangular al Ministerio Público - TicoVisión
Escrito en 03/08/11 a 16:34:55 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Costa Rica
El organizador no contaba con los fondos suficientes para cubrir el total de devoluciones.

MEIC traslada caso de Cuadrangular al Ministerio Público - TicoVisión


03 de Agosto de 2011 | TicoVisión | Redacción - | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



MEIC traslada caso de Cuadrangular al Ministerio Público


Consumidores podrán solicitar reversión de cargos a sus tarjetas o reintegro de dinero

Con motivo de la cancelación de la Cuadrangular de Fútbol, evento organizado por NOVA ONE SPORT MANAGEMENT S.A.D., el Ministerio de Economía, Industria y Comercio le requirió a la empresa, a través de la Dirección de Apoyo al Consumidor, la presentación de un plan remedial, según lo estipulado en el artículo 93 del nuevo Reglamento a la Ley 7472 (Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor).

El organizador presentó en el plazo previsto una propuesta que no satisfizo las previsiones del reglamento, por cuanto no contaba con los fondos suficientes para cubrir el total de devoluciones.

Para este tipo de casos, el reglamento prevé que los organizadores deben devolver en su totalidad los dineros pagados por concepto de entradas al evento cancelado o suspendido; pues estos deben tomar las previsiones necesarias como seguros u otras garantías, para que en

el caso de eventualidades o contingencias, se resguarden los intereses del consumidor.  Es decir, resulta ilegal  financiar la actividad con los recursos de los consumidores, o bien, trasladarles el riesgo inherente en este tipo a de actividades comerciales.

No obstante,    los consumidores que pagaron sus entradas con tarjeta de crédito o débito podrán hacer la solicitud de reversión o contracargo ante el banco o entidad emisora, con base en los artículos 29, 33 y 32 párrafo tercero del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito; que en síntesis establece:
  • “…En los casos de reclamaciones sobre el Estado de Cuenta o de otras transacciones, el tarjetahabeinte dispondrá de un plazo mínimo de 60 días hábiles para su impugnación, contados a partir de la fecha en que se tiene conocimiento del hecho reclamado…”

  • En el caso de los consumidores que adquirieron sus entradas en efectivo, deberán dirigir su reclamo contra el organizador del evento; el cual, cabe aclarar, indicó en la propuesta de plan remedial que contaba con los fondos suficientes para hacer frente a estos desembolsos específicamente.

  • De igual forma, el MEIC trasladó el caso al Ministerio Público para que se sienten las responsabilidades correspondientes, en razón de los hechos expuestos.

  • Para mayor información los consumidores afectados deben llamar a la línea de atención gratuita 800-CONSUMO (800-266-7866).





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