ARESEP solicita aclaración a Sala IV - TicoVisión
Escrito en 29/09/11 a 21:41:14 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Costa Rica
Se suspenden funciones regulatorias en espera de respuesta

ARESEP solicita aclaración a Sala IV - TicoVisión


29 de Septiembre de 2011 | TicoVisión | Redacción - | Nacionales | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



ARESEP solicita aclaración a Sala IV



San José.- La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) envió una solicitud de aclaración a la Sala Constitucional sobre la suspensión de las normas que crearon y originaron las funciones del Comité de Regulación.  

La Sala dio curso de nuevo a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación de Consumidores de Costa Rica, que cuestiona la constitucionalidad de dicho comité para fijar tarifas y sancionar a los operadores.

En la resolución, se advierte que “… lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía…”. Sin embargo agregan: “…salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente.”

Este último párrafo genera duda a la Autoridad Reguladora sobre si debe suspender las competencias y actuaciones del Comité de Regulación o bien, sólo los actos que agoten la vía administrativa, a cargo de la Junta Directiva.

El Regulador General, Dennis Meléndez Howell, mencionó que “en aras de la seguridad jurídica y del interés público que debemos proteger y con el fin de no caer en incumplimiento de la mencionada resolución, lo prudente es mantenerse a la espera de que la Sala Constitucional aclare los alcances de su decisión suspensiva”.

Mientras tanto y hasta tanto no se aclare la situación antes expuesta, el Comité de Regulación no dictará ninguna resolución en materia de fijación tarifaria, trámites de oficio y quejas planteadas por la prestación de servicios públicos.

La Autoridad Reguladora solicitó a la Sala IV que la aclaración sea atendida a la brevedad posible ante las implicaciones que conlleva la suspensión de resoluciones en materia tarifaria y regulatoria.




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