Aprobadas reformas a 'Ley de Magisterio' y 'Orgánica del BCR' - TicoVisión
Escrito en 06/10/11 a 08:49:17 GMT-06:00 Por Administrador
Noticias Costa Rica
El proyecto busca establecer un sistema solidario para que quienes ganan  más paguen más.

Aprobadas reformas a 'Ley de Magisterio' y 'Orgánica del BCR' - TicoVisión


06 de Octubre de 2011 | TicoVisión | Redacción - | Legislativas | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



Aprobadas reformas a 'Ley de Magisterio' y 'Orgánica del BCR'



APROBADA EN PRIMER DEBATE REFORMA A LEY DE MAGISTERIO

Fue aprobado en primer debate el expediente 17 402 Reforma del artículo 70 de la Ley Nº 7531 reforma integral del sistema de pensiones y jubilaciones del magisterio nacional, que modifica la forma en que aportan los educadores activos y pensionados  en la Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera.

La nueva propuesta aprobada por los legisladores establece que el aporte será sobre   tres salarios base y no sobre dos como funciona en este momento el sistema.
 
El proyecto busca establecer un sistema solidario para que quienes ganan  más paguen más y que los jubilados reciban una pensión de acuerdo al costo de la vida.

El artículo 70 quedara de la manera siguiente:

Los funcionarios activos cubiertos por este régimen  cotizaran de la manera siguiente:
  1. Hasta dos veces la base cotizable, con el 9% de su salario.

  2. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y hasta cuatro veces la base cotizable, con el 10% de ese exceso.

  3. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y  hasta seis veces la base cotizable, con un 11% de ese exceso.

  4. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y hasta un monto máximo establecido en el artículo 44 de esta ley, con un 12% de ese exceso.

Sobre las cotizaciones de los pensionados:

  1. Hasta tres veces la base cotizable, exento.

  2. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y hasta cuatro veces la base cotizable, con el 12% de ese exceso.

  3. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y  hasta seis veces la base cotizable, con un 14% de ese exceso.

  4. Sobre el exceso de lo establecido en el inciso anterior y hasta un monto máximo establecido en el artículo 44 de esta ley, con un 16% de ese exceso.

De acuerdo con la moción se entiende por base cotizable, el salario base más bajo pagado por la Administración Pública.


APROBADA REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL BCCR

Los 14 diputados presentes  aprobaron de forma unánime en la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera la adición de un nuevo inciso g) al artículo 29 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.

Con dicha modificación se busca que el presidente del Banco Central presente cada año en el mes de marzo un informe oral y escrito ante la Comisión Permanente Especial de Control del Ingreso y del Gasto Público sobre la ejecución de la política monetaria, cambiaria, crediticia, financiera y el uso de las reservas monetarias internacionales de la Nación durante el año inmediato anterior.

Así como de las acciones que tomó la Institución para alcanzar el objetivo inflacionario planteado a inicios del período y  las acciones ejecutadas sobre la intermediación financiera.

También deberá referirse a los resultados de las metas, los logros e inconvenientes de la aplicación de la política monetaria y sobre la promoción de condiciones favorables al robustecimiento, la liquidez, la solvencia y el buen funcionamiento del Sistema Financiero Nacional.







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