'Comité de Regulación' de ARESEP no tiene sustento legal - TicoVisión
Escrito en 21/10/11 a 07:03:54 GMT-06:00 Por Administrador
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Consumidores de Costa Rica presenta una acción de inconstitucionalidad contra el Reglamento Interno de Operación y Funciones de la Autoridad Reguladora, por la violación de los artículos 11, 18, 188 de la Constitución...

'Comité de Regulación' de ARESEP no tiene sustento legal - TicoVisión


21 de Octubre de 2011 | TicoVisión | Redacción - | Legislativas | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



'Comité de Regulación'
de ARESEP no tiene sustento legal



Gilberto Campos Cruz, Vicepresidente de la Asociación de Consumidores de Costa Rica, manifestó que el Comité de Regulación de Transporte creado a través del Reglamento Interno de Operación y Funciones (RIOF), de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), no tiene sustento legal.

Campos compareció ayer por la tarde ante los diputados que integran la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público, para que se refirieran a la investigación que esta instancia legislativa está realizando de la ARESEP sobre diferentes temas como lo es las superintendencias y el comité de regulación de transporte.

El compareciente manifestó que a finales de la administración del Regulador Fernando Herrero, se inició un proceso de reestructuración interna a través del RIOF, que da vida a superintendencias, a un Comité de Regulación, donde se le traslada potestades de imperio de regulación.
Gilberto Campos Cruz, Vicepresidente de la Asociación de Consumidores de Costa Rica

“Se elimina la Asesoría Jurídica que la Junta Directiva de la ARESEP tenía y construye una sola asesoría para toda la institución incluyendo a la misma Junta Directiva, y eso para nosotros, no es otra cosa más que una concentración de poder a lo interno de la Autoridad Reguladora que no tienen mucho caso sustento legal”, dijo el representante.

En este sentido indicó que ante esta situación, Consumidores de Costa Rica, empieza a chocar con el Comité de Regulación, esto debido a que algunas resoluciones que no son notificadas, carecen de sustento y son arbitrarias o de interpretaciones que no se sostienen, con base en los criterios técnicos, con los cuales se presentan las oposiciones tarifarias o las solicitudes de rebajas.

“En este sentido esas resoluciones empiezan a violar el principio democrático del artículo primero de la Constitución Política, hay una huida de la función de la Dirección Política de la Autoridad Reguladora que se refleja en el artículo 46 y hay un quebranto del artículo 11 de la misma Carta Magna, en función del principio de legalidad”, dijo Campos.

Es por ello, según dijo Consumidores de Costa Rica presenta una acción de inconstitucionalidad contra el Reglamento Interno de Operación y Funciones de la Autoridad Reguladora, por la violación de los artículos 11, 18, 188 de la Constitución Política en función del principio de libertad y de reserva de ley.

“Toda vez que el Reglamento Interno de Operación y Funciones, traslada atribuciones que solamente podía ser trasladadas, a través de una reforma legal de la Ley Constitutiva de la Autoridad Reguladora”, acotó.




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