Revés para el aleteo de tiburón - TicoVisión
Escrito en 27/01/12 a 08:03:53 GMT-06:00 Por Administrador
Ambientales
Tribunal de Casación confirma condena por aleteo de tiburón dictada el año anterior por el Tribunal de Flagrancia de Puntarenas.

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27 de Enero del 2012 | TicoVisión | Redacción - | Ambientales | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento



Revés para el aleteo de tiburón


Foto: © Jeffrey L. Rotman
Cortar las aletas de un tiburón y amarrarlas al cuerpo es considerado aleteo, según deriva de la sentencia del Tribunal Penal de Flagrancia de Puntarenas emitida en marzo del año 2011, la cuál fue confirmada el jueves anterior, por el Tribunal de Casación Penal de San Ramón.


La sentencia del Tribunal de Casación de San Ramón mantiene la condena penal de 2 años de cárcel  dictada el año anterior, por el Tribunal Penal de Flagrancia de Puntarenas contra el capitán de la embarcación Hung Chi Fu XII.
 
La Fundación MarViva calificó de trascendente la sentencia confirmada, ya que queda en firme una sentencia histórica, siendo que una instancia judicial desarrolló un concepto sólido de aleteo, enfocado en la protección de esta especie tope de la cadena alimenticia marina, cuya fundamentación y análisis es aquí reconocido por un tribunal superior.

La sentencia abre la oportunidad de llegar a contar con una línea jurisprudencial que confirma que el delito de desembarque de aletas se configura cuando éstas no vienen adheridas de forma natural al cuerpo del vástago del tiburón, pese a que el delito actual no lo dice expresamente.
 
“Con esta sentencia queda claro que el delito del aleteo de tiburón del artículo 139 de la Ley de Pesca y Acuicultura se configura cuando las aletas no vienen adheridas naturalmente al cuerpo del tiburón”, manifestó la Gerente de Incidencia Política de MarViva, Viviana Gutiérrez.

Por lo anterior, si un pescador quiere capturar tiburón debe traerlo a puerto con la aleta adherida naturalmente al vástago. Si no obedece, debe abstenerse de pescar tiburones, so pena de ser sancionado con una multa económica o el decomiso de la nave.
 
Esta fue la primera causa tramitada en los estrados judiciales, desde que se prohibió la descarga de producto pesquero en muelles privados, por parte de embarcaciones extranjeras.
 
“La sentencia es absolutamente positiva, pues se rechazan los alegatos del abogado defensor del taiwanés, y se aceptan las demandas de la Procuraduría General de la República”, enfatizó la representante de MarViva. Agregó, además, que “se reconoce la labor llevada a cabo por la Fiscalía de Puntarenas, por el compromiso asumido en este importante proceso, lo cual fue clave para logar la sentencia, y ahora la confirmación de la misma, por parte del Tribunal de Casación”.
 
Por su parte, el Director General de MarViva, Jorge Jiménez, destacó que el fallo “abre la posibilidad de que el Juez de Puntarenas vuelva a considerar el comiso de la embarcación Hung Chi Fu XII”.
 
“Nos complace que con este tipo de medidas mejoran las posibilidades de evitar la explotación abusiva e irresponsable de tiburones hacia su protección efectiva”, concluyó Jiménez.
 
Los Jueces resaltaron, además, la necesidad de luchar contra toda práctica que esté en perjuicio de la sostenibilidad del recurso pesquero en Costa Rica.




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