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Cae pareja de ''coyotes'' - TicoVisión |
Publicado en 01/04/11 a 15:37:44 GMT-06:00 Por Administrador |
01 de Abril de 2011 | TicoVisión | Redacción | San José, Costa Rica | Tribuna para el Libre Pensamiento Cae pareja de ''coyotes'' San José.- Oficiales de la Fuerza Pública, destacados en Talamanca, interceptaron un autobús conducido por un hombre y una mujer, quienes transportaban a varios extranjeros, los cuales aparentemente pretendían pasar hacia Panamá sin tener los permisos respectivos para hacerlo. Cabe mencionar que “coyotes” es el término que se utiliza para identificar a la persona que recibe el pago de otros, para evadir los controles migratorios. Tanto el hombre como la mujer, ambos nicaragüenses, fueron detenidos por tráfico de personas, ya que dentro del bus trasladaban a 29 personas extranjeras, todas procedentes de Nicaragua. De ellas seis tenían pasaporte y otras seis llevaban tiquetes de avión falsos. El hecho se dio en el sector de Catarata, distrito Cahuita en Home Creek, lugar en el que los oficiales interceptaron al autobús de placas nicaragüenses y el cual era conducido por un sujeto de apellido Lara Romero y una mujer apellidada Hernández Hernández, quien venía “al mando” y contaba con pasaporte. Las autoridades investigan una aparente red organizada que trafica personas, ya que hace ocho días se detuvo a otra pareja y este sujeto de apellido Lara Romero es hijo de una de las personas detenidas la semana anterior y que está descontando tres meses de prisión preventiva por el presunto tráfico ilícito de personas. Hoy, gracias al efectivo trabajo efectuado por los oficiales de la Fuerza Pública de Talamanca, los dos nicaragüenses están a las órdenes del Ministerio Público, a espera de que les dicten medidas por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de personas. El Trafico de personas es definido y sancionado por la Ley de Migración y Extranjería número 8487, en su artículo 245, de la siguiente manera: “Se le impondrá pena de prisión de dos a seis años a quien: a) Con fines de tráfico ilícito, conduzca o transporte a personas para su ingreso al país o su egreso de él, por lugares no habilitados por la Dirección General, evadiendo los controles migratorios establecidos o utilizando datos o documentos falsos. b) A quien, con fines de tráfico ilícito de personas, aloje, oculte o encubra a personas extranjeras que ingresen al país o permanezcan ilegalmente en él. La pena establecida en este artículo se incrementara en un tercio, cuando el autor o cómplice sea un funcionario público, o cuando se utilice a menores de edad para cometer estos delitos. El Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire de las Naciones Unidas, define el tráfico ilícito de migrantes como: La facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. CEHF. |
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